
Neuquen-El sector público de salud, el Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN), las obras sociales y las prepagas deberán realizar la prestación.
El bloque del Movimiento Popular Neuquino (MPN) en la Legislatura presentó un proyecto de ley para garantizar el acceso integral a los procedimientos de fertilización asistida, en el contexto de lo establecido por la ley nacional 26.862 y las características propias del sistema de salud provincial. Plantea que el sector público de salud, el Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN), las obras sociales y las prepagas brinden prestación a casos de fertilización médicamente asistida, sobre la base de evidencia científica, criterios de biotecnología de última generación, recursos disponibles y sentido de equidad y justicia social.
Los fundamentos indican que la infertilidad afecta al 9% de las personas y agregan que en Neuquén se proyectan 1304 nuevos casos anuales, de las cuales el 80% puede resolverse con técnicas disponibles de baja y mediana complejidad, y el 20% con técnicas de alta complejidad.
La iniciativa propone al ministerio de Salud como autoridad de aplicación y crea en su ámbito una comisión provincial de reproducción humana que funcionará como organismo responsable de evaluar y supervisar el cumplimiento efectivo de la ley. La comisión no podrá introducir limitaciones relacionadas con la orientación social o el estado civil que excluyan a los posibles beneficiarios. Estará integrada por cinco representantes del ministerio (uno por cada una de las siguientes áreas: comité de biotecnologías; bioética; fiscalización sanitaria; programa de salud sexual y reproductiva; jefatura de servicio donde se realice el tratamiento); un representante del ISSN; uno del Colegio Médico; y uno de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional del Comahue.
En su articulado, establece que el sector público de salud, el Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN), las obras sociales y las prepagas deben incorporar como prestaciones obligatorias las técnicas de baja y alta complejidad, la cobertura integral e interdisciplinaria del abordaje, el diagnóstico, los medicamentos, las terapias de apoyo, los servicios de guarda de gametos o tejidos reproductivos, y las técnicas que la Organización Mundial de la Salud con los criterios y modalidades de cobertura que establezca la autoridad de aplicación.
Crea un registro único de todos los establecimientos sanitarios habilitados para realizar los procedimientos de reproducción asistida y determina como requisitos para la práctica de esas técnicas las posibilidades razonables de éxito, la inexistencia de riesgo grave para la salud pública y psíquica de la paciente o la descendencia, tener entre 24 y 40 años, y el número de ciclos previamente realizados.
Fuente: «Rionegro.com»